jueves, 2 de agosto de 2012




Hay 3 EPS que sobreviven fijas en el RS

Atención, abrir en una nueva ventana.
Consultorsalud publica a continuación la segunda version del proyecto de decreto, mediante el cual se adoptan medidas para mejorar la operación del Régimen Subsidiado en Salud, y se dictan disposiciones para el fortalecimiento financiero, administrativo y operativo del aseguramiento y las Entidades Promotoras de Salud de este régimen, que ayuden a mejorar el acceso, eficiencia, calidad, oportunidad y satisfacción con los servicios de salud que utilizan sus afiliados.
Producto de su analisis y de la creacion de los escenarios probables, al final de este articulo Ud. podra descargar el proyecto de decreto en su segunda version, y tambien el escenario actual de todas las EPS del regimen subsidiado de salud, caracterizadas por regiones, y ver cuales de ellas, sin ningun tipo de alianza, pueden (si el decreto fuera expedido en la forma como esta actualmente) permanecer en el ejercicio de su aseguramiento.
El proyecto de decreto, tiene importantisimas variaciones desde su primera version, y consultorsalud, quiere destacar algunas de ellas:
  1. El número minimo de afiliados por municipio exigido a las EPS se redujo de 2.000 a 1.500
  2. Las EPS que deban ceder forzosamente sus afiliados, y que tengan deudas con la red publica o privada, seran pagadas de manera inmediata o descontadas de las UPC adeudadas, y giradas directamente a los presadores.
  3. Las EPS en esta nueva version pueden realizar todo tipo de acuerdos voluntarios, para dar cumplimiento al numero minimo de afiliados por municipio, siempre y cuando no se afecte bajo ninguna circunstancia la prestacion del servicio o se impida o restrinja con ello el libre ejercicio de la elección y participación por parte de usuarios y entidades.
  4. Para la nueva operacion regional las EPS contarán con doce (12) meses para garantizar dicha organización.
  5. La region norte incorporó a Cordoba que habia quedado por fuera de esta región en la primera versión.
  6. El proyecto continua exigiendo por region, minimo el quince por ciento (15%) del total de la poblacion afiliada al regimen subsidiado para mantener la condicion de permanencia, y maximo el treinta y cinco por ciento (35%).
  7. En un (1) año a partir de la entrada en vigencia del decreto, no podra haber EPS-S con intervencion forzosa o con medidas especiales; si esto llegare a pasar deberan ceder forzosamente sus afiliados.
  8. La Superintendencia Nacional de Salud tendra tres (3) meses para levantar las medidas o liquidar las EPS que tengan a la fecha de su expedicion mas de 4 meses con medidas especiales.
  9. La contratacion de los servicios de salud por parte de las EPS-S en la region zona especial, solo se podra hacer con la red privada, cuando se demuestre que la red publica presente no cuenta con los servicios, su capacidad es insuficiente o está en incapacidad de organizarlos al momento de requerirse.
  10. La operación regional en las zonas especiales de las Entidades Promotoras de Salud será por períodos mínimos de cinco (5) años al cabo de los cuales se convocará obligatoriamente a procesos de libre elección a nivel municipal y regional.
  11. Las Cajas de compensacion que habian sido excluidas de cumplir con el decreto, ahora deben cumplir estrictamente con el.
  12. Las EPS Indigenas deberan ir progresivamente adaptandose al decreto, pero podran ser intervenidas cuando esta en riesgo la cobertura, eficiencia, calidad y satisfaccion de los servicios.
Hecho este breve recuento, tenemos los siguientes escenarios aplicativos (borrador de trabajo de CONSULTORSALUD):
REGION CENTRO ORIENTE
  1. Numero de afiliados al RS: 4.600.119
  2. 15% minimo: 690.018
  3. No. de EPS-S con afiliados en la region: 22
  4. No. de EPS-S que cumplen con el 15%: NINGUNA
  5. Cuales: NA
REGION NOR-OCCIDENTAL
  1. Numero de afiliados al RS: 4.565.802
  2. 15% minimo: 684.870
  3. No. de EPS-S con afiliados en la region: 21
  4. No. de EPS-S que cumplen con el 15%: Dos.
  5. Cuales: COMFAMA y CAPRECOM
REGION NORTE
  1. Numero de afiliados al RS: 7.138.906
  2. 15% minimo: 1.070.835
  3. No. de EPS-S con afiliados en la region: 21
  4. No. de EPS-S que cumplen con el 15%: NINGUNA
  5. Cuales: NA
REGION SUR
  1. Numero de afiliados al RS: 4.612.001
  2. 15% minimo: 691.800
  3. No. de EPS-S con afiliados en la region: 17
  4. No. de EPS-S que cumplen con el 15%: Una
  5. Cuales: EMSSANAR
REGION ZONAS ESPECIALES
  1. Numero de afiliados al RS: 1.560.012
  2. 15% minimo: 234.001
  3. No. de EPS-S con afiliados en la region: 19
  4. No. de EPS-S que cumplen con el 15%: Una
  5. Cuales: CAPRECOM

NOTA ACLARATORIA: en los ultimos dias la Superintendencia Nacional de Salud ha liquidado algunas EPS y el destino final de la distribucion de esos afiliados puede hacer variar ligeramente este escenario presentado.
CONSULTORSALUD anticipa entonces, que ante esta evidencia contundente de falta de cumplimientos de la mayoria de EPS-S frente a este borrador de decreto, y de las exigencias propias sobre el pago previo antes del abordaje de alianzas y fusiones para aquellas que estan bajo medidas especiales, el pais se encuentra adportas  de vivir un adelgazamiento masivo de las aseguradoras del regimen subsidiado, y logicamente presenciaremos el desarrrollo del sistema subsidiado en torno a aquellas que actualmente cumplen, a las nuevas que nazcan de estas fusiones, y a las que esten pidiendo pista desde lo privado y desde lo publico.
CONSULTORSALUD se pregunta tambien, si no llego tarde esta movida estrategica del gobierno colombiano, cuando la credibilidad no solo sobre los actores, sino sobre el concepto mismo del aseguramiento hizo agua de manera masiva y ha puesto al borde del naufragio toda la nave de la salud?
Las fichas de este ajedrez vuelven a moverse, en medio de la mas importante y decidida oposicion que haya vivido nuestro Sistema general de Seguridad Social en Salud.


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